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MODIFICAN LEY DEL SERVICIO MILITAR

Con dicha reforma, el Senado eliminó la posibilidad de reclutamiento de voluntarios menores de 18 años en las Fuerzas Armadas.
El pasado miércoles 27 de abril, el Senado de la República aprobó reformar la Ley del Servicio Militar, buscando anular la posibilidad de reclutamiento voluntario de menores de 18 años y también eliminar el delito de insumisión para quienes les corresponde “marchar”, pero que no se presenten.
Los legisladores unieron el texto de la Ley con la Constitución Mexicana y lo acordado en la Convención de los Derechos del Niño, acabando con la posibilidad de reclutamiento voluntarios de menores de 18 años.
La reforma fue turnada de inmediato al Ejecutivo Federal para su promulgación y establece la reducción de la edad para la conclusión de las obligaciones militares de los ciudadanos mexicanos, que en la actualidad es de 45 años, pero quedará en 40.
Por ejemplo, en caso de guerra, los mexicanos de más de 45 años de edad ya no podrán ser llamados a servir en la Guardia Nacional y en automático se desaparece la tercera reserva, que contemplaba a los ciudadanos hombres de hasta 45 años de edad-
“Un soldado en cada hijo te dio…”, pero: ¿Qué pasa si México va a la guerra? Las dudas y el temor llegaron luego de la invasión de Rusia a Ucrania, más que nada, por la postura que tomarán algunos países al respecto.
De esta manera, se elimina el reclutamiento de menores de edad en las fuerzas armadas de México, incluso si fuera de forma voluntaria.
Además, se aprobó que las obligaciones militares de los civiles terminen cuando estos cumplan sus 40 años de edad.
La reforma al artículo 4 de la Ley del Servicio Militar expone que “las obligaciones militares de los ciudadanos terminan el 31 de diciembre del año en que cumplen los 40 años de edad”.
De igual manera, el Senado aprobó una reforma al artículo 275 del el Código de Justicia Militar, donde se lee claramente que “Los ciudadanos que salen sorteados y les corresponda presentarse a realizar el Servicio Militar activo y no lo hagan, ya no serán acusados de insumisión”.
En concreto, el mencionado delito y la multa que consistía en un mes de prisión a los jóvenes que ya les “tocaba” marchar, pero no acudían a cumplir con la referida obligación. R/90
Viernes 29 de abril, 2022.
Javier Raúl Carrizales H. R/90
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