La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló sin titubeos la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, con la que se da trato preferente a los egresados de las escuelas normales públicas y de la Universidad Pedagógica Nacional en la asignación de plazas docentes, al determinar que la medida es constitucional y no discrimina.
De manera unánime, el pleno rechazó la impugnación presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que advertía un supuesto privilegio indebido. Para la Corte, la norma no rompe con los principios de igualdad en los procesos de ingreso y promoción, ni se aleja del objetivo de garantizar una educación de calidad, incluyente y equitativa.
El ministro Irving Espinosa Betanzo, encargado del proyecto, afirmó que la disposición no establece distinciones basadas en categorías prohibidas y supera el análisis de igualdad, ya que responde a un fin legítimo: reforzar la formación docente en instituciones públicas, como lo marca la Constitución.
En tanto, el presidente del máximo tribunal, Hugo Aguilar Ortiz, aclaró que la prioridad otorgada a los normalistas no implica exclusividad, pues existen otros esquemas educativos que conviven bajo un enfoque pluricultural. A su vez, la ministra Lenia Batres Guadarrama recalcó que la reforma educativa de 2019 obliga a fortalecer a las escuelas normales y que dar preferencia a sus egresados va en plena sintonía con ese mandato.R/90
