Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, (TEENL)

RESOLUCIONES CLAVE DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE NUEVO LEÓN: MULTAS POR NIÑEZ Y ARCHIVAN ACUSACIONES ELECTORALES

El Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León resolvió diversos procedimientos sancionadores, en los que predominó la protección del interés superior de la niñez, así como la inexistencia de faltas electorales en casos de propaganda gubernamental y presunta promoción personalizada.
En los PES-1308/2024 y PES-1307/2024, se sancionó a Celia Alonso Rodríguez con multas por incumplir medidas cautelares y vulnerar los derechos de niñas, niños y adolescentes al difundir imágenes de cinco menores plenamente identificables en redes sociales y lonas. No obstante, el Tribunal descartó que hubiera propaganda político-electoral indebida.

En el PES-1798/2024, se declaró inexistente la comisión de actos anticipados de campaña y el uso indebido de recursos públicos atribuidos a Juan Mauro Teniente Gómez y al PT; sin embargo, se multó al primero por no cumplir con la medida cautelar y por vulnerar el interés superior de seis menores identificables. El PT quedó exento de responsabilidad. Además, se ordenó gestionar la eliminación de las imágenes.

En contraste, en los procedimientos POS-6/2025, POS-12/2025, POS-13/2025, POS-14/2025 y POS-15/2025, el Tribunal determinó la inexistencia de promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y afectación a los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad, al considerar que la propaganda denunciada correspondía a comunicación institucional legítima, informes de labores o programas sociales sin fines electorales.

En el PES-2269/2024, sí se acreditó la violación a las normas de propaganda político-electoral por la aparición de seis menores sin cumplir los lineamientos de protección, imponiéndose multas tanto a la candidata denunciada como al partido por culpa in vigilando.

Finalmente, en los PES-2481/2024 y PES-1817/2024, el Tribunal determinó sobreseimientos e inexistencia de infracciones, al no acreditarse responsabilidad directa, conocimiento del hecho o identificación plena de menores, dejando sin efectos las medidas cautelares.
Documento con fines de divulgación. La sentencia oficial es la versión jurídica válida.

22 de Enero 2026.