Viernes 11 de Diciembre, 2020 9:09 a.m. nacionales. (Nora Hernández Tovar). Con las modificaciones implementadas a la Ley General de los Derechos de Niños y Adolescentes, quedó prohibido que la madre, padre o cualquier persona en la familia, dé castigo corporal o cualquier tipo de maltrato, violencia, estirones de orejas, pellizcos o castigos humillantes como corrección o disciplina para niñas, niños y adolescentes.
Laura Barrera, diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), comentó: “En México, el 63% de menores de 14 años experimentan agresiones psicológicas o castigo físico como método de crianza o educación dentro del seno familiar o en los espacios escolares y comunitarios”.
Pilar Ortega, (del PAN), Presidenta de la Comisión de Justicia, expuso su opinión al respecto:»Diversos estudios científicos comprueban cómo los castigos corporales y tratos humillantes a niños son germen inicial para desarrollar una sociedad violenta. No hay insulto pequeño ni golpe suave. La violencia es una sola”, subrayó.
Se dictó prohibición total a estos maltratos. Los legisladores aclararon que no pretenden criminalizar a nadie, sino impulsar un cambio cultural de fondo en las familias mexicanas.
En la Ley General de los Derechos de Niños y Adolescentes, se lee: CASTIGOS CORPORALES A NIÑOS.- No se pretende criminalizar a padres y madres, sino impulsar cambio cultural de fondo para erradicar los castigos corporales a niños.
El documento obliga a autoridades federales y locales a tomar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por castigos corporales y que atenten contra su dignidad. Contempla además sancionar a quien realice cualquier tipo de violencia que amenace a la salud, integridad y seguridad de los menores, específicamente en los centros escolares.
En la reforma, se realizaron cambios a los artículos 323 bis, 323 y 423 del Código Civil Federal.
Las autoridades federales, locales y educativas, serán las responsables de implementar medidas preventivas. Además de evitar, se busca sancionar y reparar los castigos corporales a niños.
Con 446 votos de manera unánime, permitieron transitar a la prohibición de castigos corporales y degradantes a niños y se envió al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Con lo anterior, se pretende terminar con un comportamiento que ya casi era «normal» en la educación infantil en México, sobre todo en las generaciones pasadas. Y cuando los castigos físicos se «normalizan» desde edades tempranas, la agresión se ve como «conducta aceptable» para las personas en el largo plazo.
El documento obliga a autoridades federales y locales a tomar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados. También se sancionará a quien ejerza violencia de cualquier tipo que amenace salud, integridad y seguridad de los menores, específicamente en los centros escolares.
No más castigos corporales y humillantes para disciplinar a niños, niñas y adolescentes del país, dejando claramente estipulado que «para disciplinar a niños, niñas y adolescentes del país, ni siquiera con la chancla».
Rosalba Valencia Cruz, presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, y quien pertenece al partido MORENA, explicó: «Un 38% de niñas, niños y adolescentes fueron objeto de castigos corporales y 6% fueron objeto de castigos corporales severos; se dictaminaron cambios en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para salvaguardar el interés superior de la niñez. No sólo el maltrato físico; hay otro tipo de castigos que esta ley prohíbe, y también considera los tipos de castigos conocidos como “humillantes”, que son tratos ofensivos, denigrantes, desvalorizados, estigmatizantes, ridiculizadores o de menosprecios. La reforma precisa que también se consideran “castigos humillantes” a “cualquier acto que tenga como objeto provocar dolor, amenazas, molestia o humillación”, explicó. R/90