nacionales

IMSS OFRECE APOYO A RECIÉN CASADOS

 

El apoyo por matrimonio es una prestación proveniente del dinero al que tiene derecho el asegurado en una sola ocasión, cuando contrae matrimonio civil.

NO PROVOCA REDUCCIÓN EN LAS SEMANAS DE COTIZACIÓN

Es parte de los retiros parciales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con recursos de su cuenta AFORE por matrimonio. Este beneficio no trae como consecuencia ninguna rebaja en las semanas de cotización registradas en el IMSS.

¡ES GRATIS!

El matrimonio significa un gran gasto en el bolsillo de los mexicanos y no son muchos los que saben que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece un apoyo para llevar a cabo el compromiso.
La ayuda para gastos del matrimonio se paga con el dinero de la Cuenta Individual.

El trámite es totalmente gratuito y para iniciarlo debes acudir a tu Unidad Médica Familiar (UMF), a solicitarlo como Resolución de Ayuda para Gastos de Matrimonio.

LA UNIDAD DE MEDIDA DE ACTUALIZACIÓN (UMA)

La cantidad otorgada es el equivalente a 30 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) reporta que el valor del UMA diario es de 108.57 pesos este 2024 y el valor mensual es de 3 mil 300.53 pesos.

LOS REQUISITOS

Tener mínimo 150 semanas cotizadas en el IMSS en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (RCV), a la fecha de la celebración del matrimonio.

No haber ejercido este derecho anteriormente.

Sólo se puede solicitar una vez.

En caso de haber registrado a otro cónyuge como beneficiario, acreditar la disolución del vínculo matrimonial, o bien, su fallecimiento.

Que cualquiera de los cónyuges no haya sido registrado con anterioridad en el Instituto con esa calidad.

Estar vigente como asegurado.

En caso de haber dejado de pertenecer al Régimen Obligatorio, podrá solicitar la prestación, si el matrimonio se contrae dentro de los 90 días hábiles contados a partir de su baja.

Que el matrimonio civil se haya celebrado con posterioridad al 30 de junio de 1997.

¿QUÉ DOCUMENTOS LLEVAR?

Identificación oficial con fotografía vigente, de acuerdo con la legislación que aplique, puede ser el INE.

En caso de que esté extraviada, puede iniciar el trámite (con una constancia) con el Pasaporte, Cartilla del Servicio Militar Documento con fotografía y firma, expedido por la Alcaldía de la Ciudad de México que corresponda, o el Municipio donde reside el interesado.

Copia certificada del Acta de Matrimonio, expedida por las oficinas o Juzgados del Registro Civil, las Representaciones Consulares de México o un Gobierno Extranjero. Se debe atender lo señalado en la Regla General número 2 del Acuerdo ACDO.AS2.HCT.260623/161.P.DPES.

Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de Internet de la AFORE que maneja la cuenta individual, o contrato firmado con la AFORE; con una antigüedad no mayor a 6 meses previos a la fecha de solicitud de la prestación económica de que se trate.

Tomar en consideración que hay situaciones donde se puede solicitar otra información, como es el caso de personas divorciadas o viudas, que deben presentar también una copia Certificada del Acta de Divorcio o el Acta de Matrimonio, con una anotación donde conste que se disolvió el vínculo matrimonial o, presentar Acta certificada de Defunción.

Para cualquier aclaración o duda sobre el apoyo, puedes acudir a tu Unidad de Medicina Familiar. R/90

MTC
Martes 30 de julio 2024
IMSS
Reporte90