SE CONOCIÓ EL CASO DE UNA MUJER QUE RECIENTEMENTE SE GRABÓ DÁNDOLE UNA BRUTAL GOLPIZA A SU BEBÉ, PARA ENVIAR EL VIDEO A SU EX MARIDO, QUIEN DIFUNDIÓ LAS IMÁGENES PARA DENUNCIAR EL MALTRATO INFANTIL A QUE ESTÁ SOMETIDO SU HIJO.
Viernes 19 de abril, 2019. 12:58 a. m. (Mary Tovar).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ha determinado que cuando el padre, la madre o ambos cónyuges, ejerzan actos de violencia sobre sus hijos, se restringirá su convivencia.
El más alto Tribunal del País, menciona que la tesis aislada en este rubro, fue aprobada por la Primera Sala y ya fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación. Señala que en la misma se menciona que un derecho fundamental de los menores radica en no ser separados de sus padres, pero que lo anterior podría cambiar en caso de ser necesario, en aras de proteger a los menores, como un interés superior, derecho que se encuentra directamente relacionado con la Patria Potestad, ya que en esta se recomienda a los padres evitar la violencia contra los pequeños, beneficio de los hijos, ya que está dirigida a protegerlos, educarlos y formarlos integralmente.
Lo anterior, para dar cumplimiento a la función que se les encomienda a través de la Patria Potestad, y aunque tienen el derecho de corregir a sus hijos, esa situación debe ser con estricto respeto a su dignidad.
Se aclaró también que la Patria Potestad no puede ni debe utilizarse como estandarte para ejercer actos de violencia sobre los hijos, pues ésta, en cualquiera de sus clases, definitivamente no se justifica como una forma de educación o formación. R/90