¿Son días de descanso obligatorio?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, Jueves Santo y Viernes Santo no están considerados como días de descanso obligatorio.
Eso significa que, legalmente, se trabajan como cualquier día normal, salvo que la empresa decida otorgarlos como descanso por contrato, convenio o prestación interna.
¿Cómo se pagan si los trabajas?
Si laboras en Semana Santa y no es día oficial obligatorio, el pago es normal, es decir:
Salario diario ordinario
Sin pago triple ni doble
Solo se pagaría triple cuando se trabaja en un día marcado como descanso obligatorio por la ley (como el 1 de enero o el 16 de septiembre).
¿Porqué muchos descansan?
Algunas empresas, escuelas y dependencias públicas otorgan esos días por tradición religiosa o políticas internas, pero no es una obligación general para los patrones.
Un fin de semana largo, previo a las vacaciones de Semana Santa, provocará que este periodo oficial de descanso sea más extenso para los estudiantes de educación básica. La también llamada Semana Mayor, se celebrará entre el domingo 29 de marzo y el domingo 5 de abril, fechas que marcan uno de los periodos más esperados.
Si tu patrón te prometió el descanso por contrato o reglamento interno, entonces sí debe respetarlo. Pero si no está estipulado, puede pedirte que trabajes sin pago extra.
Antes de faltar, revisa tu contrato, podrías llevarte una sorpresa.R/90
