¿QUÉ DICE LA LEY?

¿Utilidades? Quiénes quedarían sin PTU?

 

Quedan pocos días para que millones de trabajadores reciban el esperado reparto de utilidades (PTU), pero no todos tendrán derecho a este pago en 2026.

Mientras empleados de planta, eventuales e incluso repartidores de apps sí pueden cobrarlo, hay otros trabajadores que quedarán fuera del beneficio.

De acuerdo con especialistas del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), los empleados de planta participan de manera completa en el reparto de utilidades por prestar servicios permanentes a una empresa.

Los trabajadores eventuales también pueden acceder al pago, siempre y cuando hayan trabajado al menos 60 días durante el año. En el caso de empleados de confianza, sí reciben PTU, aunque con un límite salarial calculado con base en el trabajador sindicalizado mejor pagado más un 20%.

Además, mujeres en periodo prenatal o postnatal, así como personas incapacitadas por riesgo laboral, son consideradas en servicio activo y mantienen el derecho al reparto.

Incluso quienes trabajan para plataformas digitales, como apps de entrega o transporte, pueden recibir utilidades si acumularon más de 288 horas laboradas en el año.

Sin embargo, no todos corren con la misma suerte. Los directores, administradores y gerentes generales no tienen derecho a PTU. Tampoco las trabajadoras y trabajadores del hogar.

La Ley Federal del Trabajo establece que las empresas deben pagar las utilidades dentro de los 60 días posteriores a la declaración anual del ISR. Para personas morales, la fecha límite vence el 30 de mayo, mientras que para personas físicas será el 29 de junio.

El monto del PTU se divide tomando en cuenta los días trabajados y el salario recibido durante el año. Además, existe un tope máximo equivalente a 3 meses de salario o el promedio recibido en los últimos 3 años, aplicándose siempre la cantidad más favorable para el trabajador.

Las empresas que incumplan con esta obligación podrían enfrentar multas de hasta 5 mil veces el salario mínimo vigente.R/90

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