Se trata de un derecho humano básico, Constitucional, fundamental, inherente y necesario a la naturaleza humana, consagrado en los artículos 6° y 7° de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.
¿QUÉ DICE LA LEY?
Artículo 6º: La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de terceros, provoque algún delito ó perturbe el orden público. El Derecho a la Información será garantizado por el Estado.
Artículo 7º: Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir a autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, la moral y la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito.
¿QUIÉN LA PROTEGE?
La Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos destacan que la Libertad de Expresión es un derecho esencial. Su ejercicio pleno y libre demanda genera las condiciones adecuadas para que Periodistas y Medios de Comunicación puedan hacer uso de ella en condiciones de seguridad.
La libre expresión de las ideas y el derecho a estar debidamente informados, son fundamentales para consolidar nuestra libertad de participación y maximizar el progreso.
¿QUIÉN LA IMPLEMENTÓ?
El 7 de junio de 1951 el Presidente Miguel Alemán Valdés estableció el Día de la Libertad de Expresión en México. Fue fundada por editores de diversos periódicos, los más importantes de la época, a fin de destacar la trascendencia de una prensa libre e independiente en la Democracia Mexicana.
En México, tiene rango Constitucional y en el ámbito internacional se encuentra dentro del artículo 19 de la Declaración de los Derechos Humanos de 1948.
Los gobiernos están obligados a proteger el derecho de libertad de expresión, incluido el buscar, recibir y difundir información de todo tipo en internet y medios tradicionales, incluyendo información sobre salud pública.
El derecho de libertad de expresión es integral para el ejercicio de la libertad de reunión,incluso con fines de protesta pública.
Es fundamental para consolidar nuestra democracia y maximizar el progreso.
Nacional.
En 1976, el entonces Presidente Luis Echeverría Álvarez, añadió a la celebración del 7 de junio la entrega del Premio Nacional del Periodismo a los más destacados integrantes de la prensa escrita y electrónica por trabajos desarrollados en diversos géneros de índole periodística. R/90
Viernes 7 de junio 2024
Nacionales
Nora Hernández
Reporte90