Existen situaciones y acciones que podrían causar que te despidan de tu trabajo sin que te sean cubiertas ni liquidación ni finiquito, porque el empleador o patrón puede despedir a un trabajador justificadamente sin entregarle una indemnización según el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y estas son:
1. Ocasionar perjuicios materiales intencionalmente durante sus labores.
2. Comprometer por imprudencia o descuido la seguridad del establecimiento o de sus colegas.
3. Cometer actos inmorales o de acoso sexual con sus compañeros o cualquier persona.
4. Revelar secretos de fabricación o asuntos de carácter privado en perjuicio de la empresa.
5. Contar con más de 3 faltas consecutivas sin justificación.
6. Acudir a trabajar bajo los influjos del alcohol o de algún narcótico.
7. Tener faltas de providad y honradez.
8. Incurrir en malos tratos u ofensas contra el patrón o de sus compañeros, a menos que haya existido provocación o haya sido en defensa propia.
Ser despedido es una de las peores situaciones que enfrenta quien se desempeña en algún empleo, aunque existen motivos justificados como los ennumerados y otros injustificados, para que tu empleador acabe la relación laboral, según la Ley Federal del Trabajo (LFT).
TE PODRÍAN DESPEDIR SIN LIQUIDACIÓN O FINIQUITO
Cuando un patrón decide terminar los servicios o relación laboral, debe liquidar al trabajador u otorgarle un finiquito, (pagarle una cantidad de dinero equivalente a 3 meses de su salario o uno, según corresponda), de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo. Si no se te entrega ninguna cantidad, tienes derecho de efectuar un procedimiento administrativo-judicial para reclamar el pago que por ley te corresponde.
El plazo para iniciar esta reclamación monetaria es de 60 días a partir de la fecha en que te despidieron. Una vez concluido ese tiempo, ya no podrás demandar tu liquidación, por extemporánea.
En cualquiera de los 8 casos aquí mencionados, el patrón o patrona puede despedirte inmediatamente.
NO PUEDEN DESPEDIRTE POR TUS PREFERENCIAS POLÍTICAS
De acuerdo con la jurisprudencia, el despido de un trabajador por sus preferencias políticas es ilegal. Se fundamenta en la censura de su forma de pensar, afectando el derecho a la libertad de expresión, el principio de igualdad y no discriminación.
AVISO FORMAL
La ley establece que el empleador debe dar aviso por escrito, explicando la conducta o conductas que motivaron la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron.
El mandato para ejercer las acciones emanadas del despido, no comenzará a correr hasta que el trabajador reciba el aviso de rescisión de forma personal.
El trabajador tiene derecho a denunciar el despido y tiene nada más dos meses para presentar la demanda donde pida su liquidación o finiquito.
Puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo y/o llamar a los teléfonos 800 71 72 942 y 800 911 78 77 de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas. R/90
Domingo 9 de junio 2024
Nacionales
Josué Javier Hernández
Reporte90