– LA REFORMA DE ABRIL NO ELIMINA TODAS LAS REELECCIONES EN 2027
La reforma constitucional publicada el 23 de abril de 2026 ya forma parte del marco jurídico mexicano, pero no todas sus disposiciones tendrán efectos en las elecciones de 2027. El decreto modificó los artículos 115 y 116 y adicionó un párrafo al artículo 134 de la Constitución.
Uno de los cambios que sí tendrá impacto en el ámbito municipal es el límite de hasta 15 regidurías por Ayuntamiento. El régimen transitorio establece que los Ayuntamientos con menos de 15 regidurías conservarán su integración y que la reducción de aquellos que superen ese número comenzará con el periodo administrativo municipal subsecuente.
En cambio, la prohibición de la reelección inmediata de diputaciones locales y las reglas de nepotismo electoral no fueron diseñadas para entrar plenamente en vigor en 2027. El decreto publicado el 1 de abril de 2025 estableció expresamente que esas restricciones serán aplicables a partir de los procesos electorales de 2030.
NUEVO LEÓN MANTIENE, POR AHORA, SU RÉGIMEN DE REELECCIÓN
En Nuevo León, la Constitución estatal vigente —con última reforma reportada el 6 de julio de 2026— mantiene en su artículo 72 que las diputaciones pueden ser electas consecutivamente hasta por cuatro periodos. El artículo 174, por su parte, permite que presidentes municipales, regidores y síndicos sean electos consecutivamente hasta por un periodo adicional.
Esto significa que, para el proceso de 2027, no resulta correcto afirmar de manera general que la reforma constitucional federal ya eliminó la posibilidad de reelección inmediata en Nuevo León. El propio régimen transitorio federal fijó 2030 como el momento de aplicación de esa prohibición.
EL INE TAMBIÉN FUE ALCANZADO POR LA REFORMA
Otro punto que suele pasar desapercibido es que la reforma de abril sí tiene efectos sobre las autoridades electorales. El nuevo párrafo incorporado al artículo 134 establece reglas sobre las remuneraciones de las personas consejeras electorales y las prestaciones que pueden recibir. Además, el régimen transitorio ordena realizar adecuaciones normativas y presupuestales para las autoridades electorales correspondientes.
Por ello, tampoco sería exacto presentar la reforma como un cambio exclusivamente municipal o legislativo.
JUNIO TRAJO NUEVAS REGLAS ELECTORALES Y JUDICIALES
El 2 de junio de 2026 se publicaron nuevos decretos. Uno incorporó al artículo 41 constitucional una nueva causal de nulidad de elecciones relacionada con la intervención extranjera.
Ese mismo día también se modificó el calendario de la elección judicial. Los cargos judiciales que no fueron renovados en 2025, así como determinadas vacantes, deberán elegirse en 2028; además, las magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral cuyo periodo concluía en 2027 permanecen en funciones hasta que tomen protesta quienes resulten electos en 2028.
También se reformó la legislación electoral en materia de integridad de candidaturas y se creó la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas del INE. La comisión recibe listas de personas que los partidos pretenden postular y puede remitir información a instancias competentes para evaluar posibles riesgos. El INE posteriormente aprobó su integración como comisión permanente.
CONCLUSIÓN
2027 NO ES EL AÑO EN QUE DESAPARECEN TODAS LAS REELECCIONES
La revisión de los decretos muestra que 2027 y 2030 tienen reglas distintas. Para las elecciones de 2027, la reforma de abril de 2026 ya produce efectos, particularmente en la integración de los Ayuntamientos y en las reglas presupuestales y de remuneraciones de las autoridades electorales.
Sin embargo, las restricciones constitucionales sobre reelección inmediata y nepotismo electoral derivadas de la reforma publicada el 1 de abril de 2025 tienen como fecha de aplicación los procesos electorales de 2030. Por ello, en Nuevo León continúan vigentes, para el escenario de 2027, las reglas estatales que permiten hasta cuatro periodos consecutivos para diputaciones y un periodo adicional para integrantes de los Ayuntamientos.
Además, decir que la reforma de abril fue la última modificación electoral sería incorrecto: el 2 de junio de 2026 se publicaron nuevas reformas que añadieron reglas sobre intervención extranjera, modificaron el calendario de la elección judicial y crearon el nuevo mecanismo de verificación de integridad de candidaturas. R/90
