¡Cambio histórico en documentos oficiales! La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que ciertos datos deberán desaparecer de las actas de nacimiento para evitar discriminación y proteger la privacidad.
El fallo surge tras un amparo en Jalisco, donde una persona exigió eliminar referencias a su matrimonio y divorcio. Aunque el registro civil se negó, la Primera Sala dio un giro total: nadie está obligado a exhibir su estado civil en este documento.
Con esta resolución, las copias del acta ya no incluirán anotaciones de matrimonio ni divorcio, cerrando la puerta a posibles actos de desigualdad o estigmatización.
Además, al no ajustarse la ley estatal en el plazo establecido, el máximo tribunal lanzó una declaratoria general de inconstitucionalidad, por lo que el cambio aplicará de forma amplia tras notificarse al Congreso local.
A partir de ahora, las autoridades no podrán negar versiones del acta sin estos datos sensibles, reforzando el derecho a la privacidad y a la igualdad de todos los mexicanos.R/90
